Preguntas Frecuentes

Si, si eres menor de edad debes contar con la autorización de quien tenga tu patria potestad. El trámite se hace a través de la notaría, es muy sencillo y económico. Es importante tener en cuenta que no se pierden derechos de alimentos ni herenciales por cambiarse el nombre y que no representa adopción. 

El hijo puede impugnarla en cualquier momento, pero si el padre o la madre mueren, solo tendrá 2 años para que además de impugnar, pueda heredar. Si quien impugna es el padre o la madre, tiene 140 días contados desde que se entera de que no es el padre o madre.

Podemos demandar para que el padre o madre pierda la patria potestad sobre su hijo menor de edad si logramos probar que el abandono ha sido prolongado, injustificado y ha afectado al menor. Se obtienen beneficios tales como: libre administración de los bienes, bastará con la firma del padre a cargo para que el hijo salga del país, el hijo no pierde derechos herenciales y se podrá demandar por alimentos. 

Si, pero el trámite varía según si hay hijos menores o mayores de edad. 

Si hay hijos menores de edad se debe hacer ante un juzgado de familia, hay que manifestar el motivo del levantamiento de patrimonio de familia se debe anexar la promesa de compraventa o escritura del nuevo bien que siga garantizando el derecho de habitación del menor. Para los hijos mayores de edad, basta con realizar el trámite mediante escritura pública en una notaría. 

No. Se divorcia la pareja que ha contraído matrimonio, se separa la pareja que constituyó unión marital de hecho y se anula el matrimonio católico según las causales que la iglesia indica. 

Se podrá abrir en cualquier momento, sin embargo, después de algunos años de posesión, se pueden perder los bienes que estén en manos de herederos o terceros poseedores, el término varía según si son bienes muebles o inmuebles. 

Es muy probable que bienes adquiridos antes del matrimonio, se incluyan en la liquidación de la sociedad conyugal. 

Si, conocemos una figura legal muy interesante que se tramita mediante notaría y puede devolverte la tranquilidad. ¡Escríbenos!

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Socia Fundadora

Paulina Santis

Socia fundadora de Santis Abogados. Es abogada, especialista en Responsabilidad Civil y Seguros de la Universidad Pontificia Bolivariana de Medellín y en Derecho Procesal Civil de la Universidad Externado de Colombia. Actualmente cursa Especialización en Marketing Jurídico en la Universidad Europea del Atlántico; donde obtuvo beca académica; además finalizó el Máster Oficial en Derecho de Daños de la Universidad de Girona, España donde también fue becada. Y, es miembro del Instituto Colombiano de Derecho Procesal.

Justo ahora trabaja en escribir su primer libro de derecho. Tiene más de 5 años de experiencia en el área, se ha destacado por aplicar las tesis y cambios normativos más recientes en sus procesos judiciales.

Aunque se centra en el acompañamiento durante el trámite, desde el primer momento está al tanto de los procesos de todos los clientes y extiende su mano amiga para transmitir seguridad. 

Le apasionan los casos difíciles y no descansa hasta resolverlos. El respaldo a las mujeres es una de sus mejores banderas. 

Es Conciliadora en Derecho y ejerce en una Cámara de Comercio, lo que la respalda para proponer acuerdos y adelantar negociaciones exitosas y justas para las partes.

Abogado, egresado de la Universidad del Atlántico y Especialista en Responsabilidad Civil y Seguros de la Universidad Pontificia Bolivariana de Medellín.

Es Abogado Asociado. Su experiencia laboral y gustos académicos, le permiten trabajar en el Área de Derecho Privado de la firma, se encarga del acompañamiento previo o perfilamiento de los clientes de inmuebles.

Generalmente es con quien tienes contacto durante el trámite, pues siempre se desvive por encontrar la mejor alternativa económica para nuestros clientes.

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Abogado asociado

Fernando Ordosgoitia

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