Santis Abogados

Recurso 77
Recurso 94@2x 1
Recurso 76

Este servicio es para personas que:

Recurso 45

Tienen una decisión clara y consciente sobre su identidad.

Recurso 44

Se sienten seguras de quiénes son y de cómo desean ser reconocidas legalmente.

Recurso 43

Entienden el cambio como una evolución personal y jurídica.

Recurso 42

Buscan un cambio definitivo, con respaldo legal y plena validez.

Proceso

¿Cómo es el proceso con Santis Abogados?

¡Descarga ya tu checklist de Cambio de nombre!

Hemos preparado la lista de documentos requeridos para adelantar el trámite.

¿Dudas?

Preguntas Frecuentes

Un derecho. Se entiende como cambio de nombre el cambio de nombre propiamente dicho y de apellido o apellidos.

Cualquier persona mayor de edad. En cuanto a menores de edad, se requiere de la autorización de ambos padres o del padre que tiene la patria potestad (en caso de que el otro padre haya sido privado o suspendido de la misma). A los menores a quienes les cambiaron el nombre, se les respeta la posibilidad de un nuevo cambio una vez adquieran la mayoría de edad.

Si, cualquier nombre. Incluso si te quieres llamar E, ABC, 123, @. Y apellido también podrás elegir el que más te guste.

El cambio nada tiene que ver con un proceso de filiación.

NO. En el Registro Civil de Nacimiento seguirá apareciendo como padre y madre quienes te hayan así registrado.

Si es por primera vez, en Notaría. Es es por segunda vez, se requiere tramitar una autorización ante un Juez.

Actualizar tus datos desde siempre. Algunos documentos más necesarios que otro, como la cédula de ciudadanía que se debe tramitar de inmediato, la licencia de conducción, tarjeta profesional. Otros que cambiarás a necesidad como diplomas del colegio y partida de bautismo.

Esta información la encontrarás en el documento que puedes descargar a continuación.
 Sí, es posible, pero no es automático. Mientras el primer cambio puede hacerse por escritura pública, un segundo cambio requiere autorización judicial, demostrando razones serias y justificadas. Nuestro equipo evalúa tu caso y te indica la viabilidad antes de iniciar.
 Sí. En Colombia es posible cambiar el nombre para que refleje tu identidad de género, mediante trámite notarial, sin necesidad de cirugías, diagnósticos médicos ni procesos judiciales complejos. Es un procedimiento legal, respetuoso y protegido por el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
 Sí. Una vez realizado el cambio, es necesario actualizar la información ante entidades como bancos, EPS, universidades, empleadores y demás instituciones. El cambio no afecta la validez de tus derechos, contratos o estudios; solo requiere actualización de datos.
 Sí. Cuando se trata de menores de edad, el trámite exige requisitos adicionales y la intervención de los representantes legales, siempre priorizando el interés superior del menor. En algunos casos, puede requerirse autorización judicial.

Testimonios

Casos de éxitos
de Cambio de Nombre

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Recurso 75

En Santis Abogados reconocemos que el cambio de nombre puede implicar desafíos emocionales y de adaptación. Por ello, nos complace anunciar nuestra colaboración especial con psicólogos expertos en procesos de cambio de identidad. 


Al elegir nuestros servicios, no solo obtienes asesoramiento legal, sino también acceso a sesiones de asesoramiento personalizado con tarifas preferenciales.

¡Información importante!

Te ofrecemos una asesoría inicial gratuita de 30 minutos para analizar tu situación y definir la mejor ruta legal.

Atención presencial en Medellín o virtual.
Hora adicional: $118,417

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