

Este servicio es para personas que:
Están siendo perseguidas por sus acreedores y temen que sus bienes sean embargados o rematados.
Tienen su salario o cuenta bancaria en riesgo de embargo o embargados, lo que les impide cubrir los gastos básicos para vivir con tranquilidad.
Que no tienen bienes o tienen bienes que desean proteger.
Que necesitan volver a empezar financieramente.
Están reportadas en centrales de riesgo y necesitan proteger los pocos activos que conservan.
Quieren pagar sus deudas, pero los intereses y cuotas actuales hacen imposible ponerse al día.
Proceso
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¿Dudas?
Preguntas Frecuentes
La insolvencia es una solución legal que te permite negociar el pago de tus deudas hasta en 60 meses o, si la negociación no prospera y cumples los requisitos legales, obtener la exoneración de las obligaciones pendientes. En determinados casos, incluso teniendo bienes, es posible conservarlos mediante una estrategia jurídica adecuada.
- Tener al menos dos deudas con dos entidades, vencidas por más de 90 días.
- Que esas deudas representen al menos el 30% del total de tus pasivos.
- Querer negociar (pagar con beneficios) para conservar patrimonio o que le exoneren de las deudas.
El tiempo del proceso depende de la ruta que se adopte. La etapa de negociación de deudas puede durar hasta 60 días, con una posible prórroga de 30 días adicionales.
En algunos casos, es posible acceder directamente al juzgado, sin pasar por el centro de conciliación o insolvencia, lo que permite ahorrar una etapa y reducir tiempos.
Si no se alcanza un acuerdo, se abre el proceso de liquidación patrimonial ante el juzgado. En esta fase, la duración depende principalmente de la congestión del despacho judicial que conozca del caso.
- Se suspenden embargos no practicados y remates.
- Se detienen descuentos por libranza.
- Se puede negociar con bancos, arrendadores, el Estado y más.
- Puedes conservar tu casa y tus ingresos esenciales en caso de lograr la negociación.
- Proteges tu estabilidad emocional y financiera.
- Blindaje contra procesos judiciales en tu contra.
No necesariamente. Los bienes destinados a vivienda familiar y vehículos usados como herramienta de trabajo están protegidos por la ley en algunos casos. Se debe revisar en asesoría.
Incluso, en algunos casos que se ordena entregar bienes los acreedores no los reciben y puedes conservarlos.
No. Para solicitar insolvencia es necesario estar en mora, por lo que normalmente la persona ya se encuentra reportada en centrales de riesgo. La insolvencia es una solución legal que permite ordenar las deudas y retomar la vida financiera de forma estructurada.
Es importante tener en cuenta que este trámite solo puede realizarse cada cierto tiempo —según el caso, cada 5 o hasta 10 años—. Por ello, las obligaciones que se adquieran después de iniciado el proceso deberán pagarse normalmente, ya que no es posible acudir nuevamente a insolvencia en el corto plazo.
Una vez iniciado el proceso, el salario queda libre, los embargos se levantan y, en muchos casos, los bienes se conservan, lo que permite recuperar estabilidad y volver a ser financieramente atractivo para el sistema crediticio.
Si no tienes bienes —o incluso teniéndolos— y sabes que no es viable una negociación, es posible omitir el paso por el centro de insolvencia y acudir directamente al juzgado. Esto permite ahorrar tiempo y costos, y solicitar de forma directa la exoneración de las deudas, conforme a la ley.
Testimonios
Casos de éxitos de Insolvencia
Te aconsejo que no dejes prosperar los embargos, yo me demoré mucho en conseguir el dinero para el Centro de Insolvencia y cuando inicié tenía el 50% de mi salario embargado."
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